CONDENA A LÍDER SINDICAL REAVIVA EL DEBATE SOBRE EL DERECHO A LA PROTESTA

UN FALLO JUDICIAL OBLIGA A CARLOS ACUÑA, LÍDER DE LA CGT, A PAGAR $8 MILLONES POR UNA PROTESTA EN UNA ESTACIÓN DE SERVICIO EN 2021, GENERANDO PREOCUPACIÓN EN EL MOVIMIENTO OBRERO POR POSIBLES RESTRICCIONES AL DERECHO DE HUELGA.



Buenos Aires, 29 de julio de 2025 – El Tribunal Criminal Número 18 de la Capital Federal condenó a Carlos Acuña, secretario general del Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicio (SOESGyPE) y co-líder de la Confederación General del Trabajo (CGT), a pagar una indemnización de $8 millones a una estación de servicio por los perjuicios económicos causados durante una protesta gremial en 2021. Además, deberá realizar cuatro horas mensuales de trabajos comunitarios, según fuentes judiciales informaron a RED GREMIAL. Este fallo, considerado un hito en la jurisprudencia argentina, desató una fuerte controversia en el ámbito sindical, al señalarse como un precedente que podría limitar el derecho a la protesta.

La protesta, realizada el 21 de diciembre de 2021 en una estación de servicio en la avenida Jujuy y México, buscaba reclamar el pago de horas extras por trabajo en fines de semana. Durante dos días, delegados sindicales afectaron las operaciones del establecimiento, propiedad de un exdirigente de la Federación de Expendedores de Combustibles (FECRA). La empresa demandó al sindicato y a Acuña personalmente, argumentando pérdidas económicas significativas y daños a su reputación comercial. El tribunal calificó la medida como "ilegítima", al no cumplir con los procedimientos legales para una huelga ni enmarcarse en una negociación colectiva formal.

El fallo generó alarma en los gremios, que lo interpretan como un intento de criminalizar la protesta sindical. “Esta decisión abre la puerta a nuevas demandas contra dirigentes por acciones colectivas, algo poco común hasta ahora”, señaló un referente de la CGT. La preocupación se intensifica ante el reciente DNU 340/2025, impulsado por el gobierno de Javier Milei, que amplía las actividades consideradas “esenciales” para restringir el derecho a huelga. Sin embargo, la Justicia del Trabajo frenó artículos clave de este decreto tras un amparo presentado por la CGT, ratificando la importancia de proteger el derecho constitucional a la protesta.

Desde el sector empresarial, en cambio, celebran la resolución. Según pudo averiguar RED GREMIAL, fuentes cercanas a la estación damnificada destacaron que el fallo “restablece un principio básico de legalidad y resguardo a la propiedad privada”. En el ámbito jurídico, especialistas advierten que la sentencia no criminaliza la actividad sindical, pero exige que las protestas se ajusten a la Ley de Asociaciones Sindicales y al marco constitucional, sin vulnerar derechos de terceros.

Este caso reaviva el debate sobre los límites del derecho a la protesta en un contexto de tensiones entre el gobierno, los sindicatos y el sector privado. La CGT evalúa nuevas medidas para defender las libertades sindicales, mientras el fallo podría influir en futuras acciones gremiales en el país.


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