UN CASO REVELADOR EN MISIONES: UN TRABAJADOR SUFRIÓ LAS CONSECUENCIAS DE LA LEY BASES

UN TRABAJADOR RURAL DE MISIONES COMENZÓ UNA DEMANDA EN EL AÑO 2016 POR TRABAJAR SIN ESTAR REGISTRADO. PESE A LA FECHA DEL INICIO DEL LITIGIO EL JUEZ ORDENÓ NO APLICAR LAS MULTAS DE LOS ARTS. 80 DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO NI LAS CORRESPONDIENTES AL EMPLEO NO REGISTRADO POR ESTAR DEROGADAS CON LA LEY DE BASES





Un trabajador rural presentó una demanda tras haber trabajado durante cinco años sin registro formal, lo que pone de relieve la importancia de la registración y las consecuencias derivadas de su ausencia.
El caso comenzó en 2016, aunque el proceso judicial se extendió hasta una sentencia más reciente. El demandante había trabajado como peón rural desde el 1 de marzo de 2011 hasta el 20 de diciembre de 2016, realizando diversas tareas bajo la dirección del demandado. A raíz de su despido sin causa, el trabajador reclamó no solo la indemnización correspondiente, sino también la falta de entrega del certificado de trabajo y las implicaciones de su empleo no registrado.

Uno de los puntos clave en la decisión del juez fue el reconocimiento de la “ausencia de registración y documentación laboral” por parte del empleador. A través de pruebas testimoniales y documentales, el demandante logró demostrar la relación laboral y las diferencias salariales que reclamaba. Este aspecto resulta crucial, ya que evidencia que la carga de prueba recae sobre el empleador en casos donde se cuestiona la regularidad de la registración de los trabajadores.

Sin embargo, el fallo tuvo particularidades adicionales que destacaron en el ámbito legal. El juez no aplicó las multas establecidas originalmente en los artículos 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, ni las sanciones correspondientes al empleo no registrado, debido a que estaban derogadas por la Ley de Bases (Ley 27.742). Esto abrió un debate sobre la interpretación de la aplicación de normas laborales y sus efectos retroactivos. 

El juez argumentó que no se le podía imponer una sanción basada en una norma que ya no estaba vigente al momento de dictar la sentencia. En consecuencia, se buscó evitar aplicar multas que habían sido derogadas por nuevas regulaciones. Finalmente, el tribunal ordenó el pago de $ 35.099.626,31, lo cual incluye intereses compensatorios –calculados a través del índice CER- a partir de la indemnización original de $ 550.932.

Este caso resalta no solo la problemática del empleo no registrado en Argentina, sino también la transcendencia de contar con un marco normativo claro, que brinde garantías a los trabajadores. 

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