VICTORIA GREMIAL: JUSTICIA FRENÓ LA REFORMA LABORAL Y SUSPENDE 82 ARTÍCULOS CLAVE DE LA LEY 27.802

LA CGT LOGRA UNA MEDIDA CAUTELAR QUE PARALIZA LOS CAMBIOS MÁS REGRESIVOS DE LA NORMA IMPULSADA POR EL GOBIERNO DE JAVIER MILEI. LOS TRABAJADORES RECUPERAN, AL MENOS PROVISORIAMENTE, LA PROTECCIÓN DE DERECHOS CONQUISTADOS DURANTE DÉCADAS



En un fallo histórico dictado este lunes 30 de marzo de 2026, el juez Raúl Horacio Ojeda, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, hizo lugar a la acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y suspendió provisoriamente la aplicación de 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (27.802). La medida cautelar alcanza modificaciones centrales de la Ley de Contrato de Trabajo, el régimen de indemnizaciones, la jornada laboral, las convenciones colectivas, la libertad sindical, el teletrabajo y otras disposiciones que afectaban directamente a millones de asalariados.

La central obrera, a través de su triunvirato, había denunciado que la norma violaba de manera ostensible el artículo 14 bis de la Constitución Nacional al precarizar las relaciones laborales, limitar el derecho de huelga, reducir el cálculo de indemnizaciones y debilitar la negociación colectiva. El magistrado consideró que existía “apariencia razonable” del derecho invocado y riesgo de “perjuicios graves e irreparables” si la ley seguía vigente en su totalidad. Hasta que se resuelva el fondo del expediente (CNT 10308/2026), el sistema laboral vuelve al marco anterior a la sanción del 27 de febrero.

Desde la perspectiva gremial, este revés judicial representa una conquista histórica. La CGT, junto a sindicatos de diversos sectores, había resistido desde el inicio la reforma, convocando paros y movilizaciones que evidenciaron el rechazo masivo de la clase trabajadora. “Se trata de una norma que buscaba retroceder 50 años en materia de derechos”, señalaron fuentes sindicales. El fallo devuelve certidumbre a los trabajadores y frena la pretensión del Gobierno de imponer un modelo de flexibilización que solo beneficiaba al sector empresario en detrimento de la estabilidad laboral.

El Ministerio de Capital Humano anunció que apelará la decisión, argumentando que la Justicia interfiere en el proceso legislativo. Sin embargo, para el movimiento obrero organizado este triunfo judicial confirma que los derechos no se negocian en el Congreso ni se imponen por decreto: se defienden en las calles y, cuando es necesario, en los tribunales.

Mientras la apelación sigue su curso, los gremios ratifican su compromiso de defender la vigencia plena de la legislación protectora. La cautela de Ojeda no solo suspende artículos: reafirma que la Constitución y los convenios internacionales están por encima de cualquier intento de desmantelar conquistas obreras. Una victoria que, aunque provisoria, fortalece la unidad sindical y marca un límite claro al avance de políticas que precarizan el trabajo. 


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